Quiénes somos

Contamos con un equipo de trabajo humano, amable y calificado, brindando seguridad jurídica y calidad a la hora de realizar cualquier trámite.

Perfil Notaria

ELSA PIEDAD RAMIREZ CASTRO Nacida en La Plata – Huila, Colombia Formación académica: 1.- ESTUDIOS SUPERIORES: ABOGADA, egresada de la Universidad La Católica de Bogotá. 2.- ESPECIALIZACIONES: - ESPECIALIZACION EN DERECHO PENAL -TEORIA DEL DELITO- Universidad de Salamanca – 2002. - ESPECIALIZACION EN DERECHO PENAL – Universidad Sergio Arboleda -2006- - ESPECIALIZACION EN DERECHO NOTARIAL Y REGISTRAL – Universidad Externado de Colombia – 2012 -. Experiencia Laboral: 1.- Juez 3º Penal Municipal – Florencia (Caquetá) 2.- Juez 10º de Instrucción Criminal - Florencia (Caquetá). 3.- Juez 1º de Familia - Florencia (Caquetá) 4.- Fiscal 12 de la Unidad de Terrorismo – Fiscalía General de la Nación – Bogotá. 5.- Fiscal 34 Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá. 6.- Notaria 34 del Círculo de Bogotá, en propiedad por concurso de méritos. Correo institucional: [email protected] Teléfonos institucionales: 3124324960, 3133658792 teléfonos fijos 6017441112, 6017456177, 6017456180

Misión

Consolidarnos como la mejor notaría del círculo de Bogotá y del país destacando por nuestra atención y servicio honesto, seguro y rápido a la ciudadanía, a través de la optimización de todos nuestros recursos, especialmente de nuestro equipo de profesionales altamente capacitados y serviciales.

Visión

Ser una notaría reconocida por sus prácticas absolutamente transparentes y apegadas a la ley, mediante un sólido equipo de abogados expertos, capaces de brindar un servicio seguro, rápido y eficiente, logrando hacer el trámite notarial una experiencia satisfactoria para los usuarios.

Estructura orgánica / organigrama

ELSA PIEDAD RAMÍREZ CASTRO
Notaria
[email protected]

Objetivos y funciones

Objetivos


Promover estrategias que cumplan con estándares de calidad y garanticen a la persona usuaria la eficacia y eficiencia en la prestación de servicios notariales.

Facilitar el acceso de la ciudadanía, adoptando proyectos y políticas que promuevan el desarrollo y avance tecnológico de la notaría y mejoren la calidad de vida de las personas usuarias.

Contar con un grupo de trabajo con calidad humana, que dé respuesta y solución oportuna a las inquietudes de las personas usuarias y realice con rapidez y diligencia la entrega de los actos notariales que estos tramiten.

Garantizar la satisfacción de la persona usuaria, implementando prácticas ambientales y de mejora continua.

Fortalecer de manera integral los procesos que impacten la gestión notarial.

Fomentar el respeto y desarrollo del ambiente laboral, generando inclusión para todas las personas colaboradoras de la notaría.

Funciones


De conformidad con el Estatuto del Notariado - Decreto 960 de 1970:

ARTÍCULO 3º. Compete a los Notarios:

Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las Leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.

Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.

Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.

Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.

Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.

Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.

Expedir copias o certificaciones según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.

Dar testimonio escrito con fines jurídico - probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.

Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos.

Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.

Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritos en la Ley.

Las demás funciones que les señalen las Leyes.

Según el Parágrafo adicionado por el artículo 59 del Decreto-Ley 2106 de 22 de noviembre de 2019. Para el desarrollo y ejecución de las competencias relacionadas en este artículo, el notario podrá adelantar las actuaciones notariales a través de medios electrónicos, garantizando las condiciones de seguridad, interoperabilidad, integridad y accesibilidad necesarias.

Realizar conciliaciones en las materias autorizadas por la ley.